Supresion de visa para colombianos y peruanos que quieran visitar el espacio Europeo Schengen

 

Después de que España anunciara en Agosto de 2013 su intención de pedir a la Unión Europea que suprima la necesidad de visado de corta duración para los nacionales de Colombia y Perú, tras la entrada en vigor del Acuerdo Comercial Multipartes entre la Unión Europea y esos países; el pasado día 3 de marzo de 2015, en una rueda de prensa con el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos,  el Presidente del gobierno español, Mariano Rajoy, declaró: “La supresión de visas, está políticamente ya decidida”, aunque quedan todavía pendientes algunas cuestiones técnicas para suprimir la exigencia de visados a los ciudadanos colombianos y peruanos.

Se espera que esta medida pueda entrar en vigor hacia Julio de 2015, fecha en la cual podremos saber si efectivamente esta decisión se pondrá o no en marcha.

Hasta la fecha éstos son los países a los cuales se les exige visado para poder entrar en el Espacio Schengen:

*Arganistán *Angola *Arabia Saudí *Argelia *Armenia *Azerbaiyán *Bahrain *Bangladesh *Belarus *Belice *Benin *Bhután *Birmania/Myanmar *Bolivia *Botswana *Bukina Faso *Burundi *Cabo Verde *Camboya *Camerún *Chad *China *Colombia *Comoras *Congo *Corea Norte *Costa de Marfil *Cuba *Djibouti *Dominica *Ecuador *Egipto * Emiratos Arabes Unidos *Eritrea *Etiopía *Filipinas *Fiji * Gabon *Gambia *Georgia *Ghana *Granada *Guinea *Guinea Bissau *Guinea Ecuatorial *Guyana *Haití *India *Indonesia *Irán *Iraq *Jamaica *Jordania *Kazajstan *Kenia *Kirguistán *Kiribati *Kuwait *Laos *Lesoto *Líbano *Liberia *Libia *Madagascar *Malawi *Maldivas *Mali *Marruecos *Marshall Isalas *Mauritania *Micronesia *Moldova *Mongolia *Mozambique *Namibia *Nauru *Nepal *Níger *Nigeria *Omán *Pakistán *Palau *Papua N.Guinea *Perú *Qatar *Rep.Centroafricana *Rep.D.del Congo *Rep.Dominicana *Rusia *Rwanda *Salomón (Islas) *Samoa *S.Vicente y Granadinas *Santa Lucía *Sto.Tomé Príncipe *Senegal *Sierra Leona *Siria *Somalia *Sri Lanka *Sud África *Sudán *Suriname *Swazilandia *Tailandia *Tanzania *Tayikistán *Timor Oriental *Togo *Tonga *Trinidad Tobago *Túnez *Turkmenistán *Turquía *Tuvulu *Ucrania *Uganda *Uzbekistán *Vanuatu *Vietnam *Yemen *Zambia *Zimbabwe.

Y éstos son los países a los cuales NO se les exige visado para entrar en el Espacio Schengen:

*Albania *Andorra *Antigua y Barbuda *Argentina *A.R.Y.M. (Ant. Rep.Yugoslava Macedonia) *Australia *Bahamas *Barbados *Bosnia Herzegovina *Brasil *Brunei Darussalam *Canadá *Chile *Corea del Sur *Costa Rica *Croacia *El Salvador *Estados Unidos (USA) *Guatemala *Honduras *Israel *Japón *Malasia *Mauricio *México *Mónaco *Montenegro *Nicaragua *Nueva Zelanda *Panamá *Paraguay *San Cristóbal y nieves *San Marino *Santa sede *Serbia  *Seychelles *Singapur *Uruguay *Venezuela.

El permiso de estancia sin visado dentro del Espacio Schengen es de 90 días, que podrán ser prorrogados por otros 90 días mas cuando se demuestren circunstancias excepcionales.

En todo caso conviene destacar que, aunque por nuestra nacionalidad no se nos exija visado para la entrada en el Espacio Schengen, las autoridades españolas competentes podrán exigir al extranjero determinados requisitos antes de su entrada en nuestro país, quedando condicionada la misma a la presentación y cumplimiento de los mismos.

Los requisitos que nos pueden exigir según el Reglamento en Materia de extranjería son los siguientes:

-Titularidad del pasaporte o documentos de viaje.

-Justificación del objeto y las condiciones de la entrada y estancia.

-Acreditación de medios económicos suficientes para su sostenimiento durante el período de permanencia en España, así como para su traslado a otro país o al retorno a su país de procedencia.

-Certificado Sanitario expedido por el país de procedencia.

En caso de  que el extranjero no pueda demostrar que cumple con los requisitos exigibles, se le denegará la entrada en territorio español, y dicha denegación se realizará mediante una resolución motivada y notificada, dando oportunidad al extranjero para que pueda ser oído por medio de la interposición de un Recurso. Todo extranjero sin excepción tendrá derecho a la asistencia letrada a lo largo de todo el proceso.

Es por ello que aunque no se nos exija visado para la entrada en España, conviene viajar muy bien preparado para evitar situaciones tan desagradables, como que nos regresen a nuestro país de origen.

 

Barcelona, 9 de marzo de 2015.

Hanna Zohar  || Abogada.