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¿Eres un nómada digital? Esto te puede interesar.

En el actual mercado laboral,  y especialmente a raíz de la pandemia, son cada vez más las personas que deciden trabajar de forma remota, para lo que tan solo necesitan un ordenador. 

La expansión del teletrabajo ha dado lugar al surgimiento de un nuevo estilo de vida denominado nomadismo digital. Los nómadas digitales son personas cuyos empleos les permiten trabajar en remoto y cambiar de residencia frecuentemente, compatibilizando el trabajo de alta cualificación con el turismo inmersivo en el país de residencia.

En realidad son muchos ya los países del mundo que han encontrado un enorme beneficio al brindarles a estos trabajadores la posibilidad de establecerse en su territorio y España no se ha quedado atrás. Así y tras un largo proceso  parlamentario finalmente nuestro país se suma a la lista de países que ofrece esta posibilidad a través de un visado denominado “Teletrabajadores de carácter internacional”, regulado a través de la nueva Ley de Startups, aprobada de forma definitiva y publicada en el Boletín Oficial de Estado el 21 de diciembre de 2022 con entrada en vigor al día siguiente de su publicación.

ESPAÑA, UN PAÍS MUY ATRACTIVO PARA LOS NÓMADAS DIGITALES.

En otro orden de cosas, España presenta importantes activos para la atracción de profesionales altamente cualificados que desarrollan su actividad, por cuenta propia o ajena, mediante herramientas electrónicas. Es el primer país en despliegue de fibra óptica dentro de la Unión Europea, lo que proporciona unas buenas condiciones de conectividad, incluso en zonas rurales. Junto a este aspecto determinante para estos trabajadores, cabe señalar otras características más subjetivas como pueden ser la benigna climatología, la forma de vida, la seguridad ciudadana, la cultura o la gastronomía, las excelentes universidades y la existencia de un creciente número de clusters de investigación y desarrollo tecnológico y de industrias creativas, alrededor de los que se desarrolla un ecosistema internacional de profesionales que hacen que nuestro país se posicione entre uno de los destinos más atractivos para los teletrabajadores.

Para regular la residencia de este perfil de profesionales itinerantes y de otros muchos que puedan elegir España como un lugar de teletrabajo más estable, se crea una nueva categoría de visado y de autorización de residencia. El visado para el teletrabajo de carácter internacional permite entrar y residir en España durante un máximo de un año mientras que sus titulares trabajan para sí mismos o para empleadores en cualquier lugar del mundo. Además, la autorización de residencia para el teletrabajo internacional permite a los extranjeros que ya se hallan de forma regular en España, por ejemplo, aquellos que están estudiando en España o los que siendo titulares de un visado de teletrabajo vayan a agotar dicho año de residencia y quieran continuar en España, solicitar una autorización por un período máximo de tres años, renovable por un período de dos años, pudiendo obtener la residencia permanente a los cinco años.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR ESTE TIPO DE VISADO O AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA?

  • No encontrarse irregularmente en España.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en el país/es donde hayan residido los cinco años anteriores a la solicitud.
  • Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
  • Acreditación de relación laboral/profesional mínima de tres meses a la fecha de la solicitud con la empresa/empresas extranjeras con la que mantiene dicha relación. 
  • Acreditación de actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa extranjera o grupo de empresas con la que el trabajador mantiene relación laboral o profesional. 
  • Carta de la empresa extranjera, autorizando el desarrollo del trabajo en remoto desde España acreditando perfil del puesto, sueldo a percibir, términos y resto de condiciones en los que se va a ejercer la actividad profesional a distancia. 
  • Copia de la titulación relacionada con el desempeño del puesto o en su caso experiencia mínima sustitutiva de aquel en funciones análogas al puesto que se pretende desempeñar.
  • Certificado de cobertura de Seguridad Social  o alta en la seguridad social española acreditando al menos la solicitud de inscripción de la empresa extranjera ante la Seguridad Social y el compromiso de alta una vez obtenida la autorización antes del comienzo del trabajo. 

¿PUEDEN LOS FAMILIARES TRABAJAR EN ESPAÑA?

Si, las personas solicitantes de los visados o autorizaciones de residencia de teletrabajo de carácter internacional deberán acreditar que cuentan con recursos económicos para sí y para los miembros de su familia de acuerdo con las siguientes cuantías:

  • Titulares de los visados y autorizaciones de residencia: cantidad que represente mensualmente el 200% del salario mínimo interprofesional (SMI)
  • Unidades familiares que incluyan dos personas contando a la persona titular y a la persona reagrupada: al menos el 75% del SMI. Se requerirá un 25% del SMI por cada miembro adicional a las dos personas mencionadas.
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En pocas palabras, la nueva norma pretende atraer a inversores extranjeros, nómadas digitales y nuevas empresas a España ofreciéndoles ventajas en materia de visadosdescuentos fiscales y menos trabas burocráticas. 

Si eres un nómada digital y España te resulta un país atractivo, no pierdas la oportunidad de solicitar este tipo de visado o autorización de residencia. 

Si deseas ampliar información sobre este artículo, puede contactarnos a través de info@zoharabogados.com

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